20 de gener 2008

El teatro de Sagunt volverá a su estado original en 18 meses

www.lavanguardia.es
4 gener 2008

El Supremo impone plazo para desmontar la reforma hecha en los 90

Salvador Enguix Valencia

El Tribunal Supremo ha confirmado el plazo - de dieciocho meses- y la forma en que se deben ejecutar las obras de reversión del teatro romano de Sagunt dictadas en la sentencia del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) de abril del 2003. El Alto Tribunal desestima así el recurso extraordinario de casación interpuesto por el Ayuntamiento de Sagunt contra un auto del TSJCV de junio del 2003 que el Supremo califica de "cuidadoso y preciso" y "guiado por la opinión de los expertos"; y obliga a que en este plazo de tiempo la Generalitat valenciana levante las placas de mármol que se superponen a la anterior piedra de la cávea (gradas) del teatro romano de Sagunt, y a la demolición del muro de cierre de la escena hasta una altura de 1,20 metros, para devolverlo a su estado original.

Esta decisión es el último paso de un largo litigio, con fuerte carga política, que inició a principio de los años noventa el letrado Juan Marco Molines - en representación de grupos conservadores valencianos y cuando el socialista Joan Lerma presidía la Generalitat valenciana-, contra el polémico proyecto de rehabilitación del teatro romano de Sagunt de los arquitectos Giorgio Grassi y Manuel Portaceli. En el año 1993, el TSJCV ya dio la razón a Marco Molines al entender que las obras realizadas habían sido una reconstrucción y no una rehabilitación y abría la puerta a la reversibilidad.

Sagunt en su recurso consideraba que el grado de reversión acordado imposibilita el uso cultural continuado del teatro "con la consiguiente repercusión negativa en el ámbito cultural de la ciudad; y que afectará gravemente a la calidad de vida y a la actividad económica del municipio". Para el Alto Tribunal, este motivo no es "digno de ser tomado en consideración, porque concluidas las obras el teatro podrá seguir prestando el servicio cultural que cumplía, sin que su ejecución pueda afectar, y menos gravemente, a la calidad de vida de los vecinos y a la actividad económica". Sagunt también planteaba que el TSJCV aplicó en su resolución "indebidamente" la ley de Patrimonio Histórico Español de 1985 y no la de Patrimonio Cultural Valenciano de 1998, en cuyo caso sí se hubiera permitido la actuación que se hizo en el teatro y las obras serían en este momento conformes a derecho. El Supremo señala que esa es una cuestión "completamente ajena al auto" y, además, añade, "se mueve en el terreno de la hipótesis de la posible aplicación de una norma muy posterior en el tiempo a la aplicada por la sentencia". Marco Molines se declaró ayer satisfecho por la sentencia, anunció que la reversibilidad "no será ni fácil ni corta" y pidió una reunión con el Gobierno valenciano para elegir "a los mejores técnicos para efectuar las obras".